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Cómo entrar (bien) en Europa: lo que debes saber sobre el visado Schengen

Antes de pensar en mudarte a España o recorrer Europa, hay una pregunta clave:

¿Sabes realmente cómo funciona el visado Schengen y lo que implica para ti?

La mayoría de las personas buscan vuelos. Algunas incluso compran billetes antes de entender si pueden (legalmente) pisar suelo europeo. Pero quien toma decisiones serias no improvisa. Entiende el marco legal antes de moverse.

En este artículo te explicamos de forma clara y actualizada qué es el visado Schengen, quién lo necesita, qué tipos existen y cómo puedes tramitarlo paso a paso. También veremos qué ventajas ofrece y qué errores debes evitar.

Y si después de leerlo quieres ir más allá —comprender cómo funciona España de verdad a nivel legal, judicial y fiscal—, te contamos cómo acceder a nuestro boletín privado Think, Then Win, donde cada semana damos criterio, no ruido.

Qué es exactamente el visado Schengen (y qué no es)

El visado Schengen permite a personas extranjeras entrar al espacio Schengen por un máximo de 90 días dentro de un período de 180 días. Está pensado para:

  • Turismo
  • Visitas familiares
  • Reuniones de negocios
  • Tratamientos médicos breves
  • Formación académica de corta duración
  • Actividades de voluntariado

No autoriza a trabajar ni a residir de forma permanente.

No es un permiso de residencia ni una vía para establecerse en Europa. Es un visado temporal. Y usarlo con fines distintos puede traerte problemas legales.

Qué países forman parte del espacio Schengen

El espacio Schengen no es exactamente lo mismo que la Unión Europea. Actualmente incluye:

  • 25 de los 27 Estados miembros de la UE
  • 4 países no pertenecientes a la UE: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza
  • Desde enero de 2025: Bulgaria y Rumanía son miembros plenos

Quedan fuera: Irlanda (por decisión propia) y Chipre (aún no ha implementado el acuerdo).

¿Quién necesita un visado Schengen?

No todo el mundo. Existen regímenes de exención de visado entre la UE y ciertos países.

Los ciudadanos de estos países pueden entrar sin visado por hasta 90 días si tienen pasaporte biométrico. Pero si superan ese tiempo o cambian el propósito de su estancia, pueden estar incurriendo en irregularidad.

La referencia legal clave: Reglamento (UE) 2018/1806, que incluye:

  • Anexo I: lista de países cuyos ciudadanos sí necesitan visado
  • Anexo II: lista de países cuyos ciudadanos están exentos

También hay excepciones generales:

  • Titulares de pasaportes diplomáticos
  • Tripulaciones aéreas o marítimas
  • Miembros de misiones de rescate o de la OTAN
  • Alumnos escolares en visitas oficiales
  • Refugiados o apátridas con documentos oficiales

Tipos de visado Schengen: no todos son iguales

Visado de tránsito aeroportuario (Tipo A)

Permite pasar por un aeropuerto internacional en la zona de tránsito sin entrar al país.

Visado de corta duración (Tipo C)

El más común. Autoriza una estancia de hasta 90 días en un período de 180. Puede ser:

  • Una entrada
  • Doble entrada
  • Múltiples entradas (frecuente en negocios o reuniones familiares periódicas)

Ejemplo: tienes un visado múltiple de 1 año. Puedes entrar y salir, pero nunca permanecer más de 90 días en cualquier período de 180 días.

Visado de validez territorial limitada (VTL)

Permite solo entrar a determinados países Schengen. Se usa en casos excepcionales, como razones humanitarias o de interés nacional.

¿Y si quiero quedarme más tiempo?

Entonces necesitas un visado nacional (tipo D). Cada país tiene el suyo. No forma parte del régimen Schengen, pero permite:

  • Estudiar
  • Trabajar
  • Reagrupar familia
  • Vivir de forma prolongada

Con este visado, puedes circular temporalmente por el espacio Schengen, pero solo el país emisor regula tu estatus legal.

Si tu intención es vivir en España, no puedes hacerlo con un visado Schengen tipo C. Necesitas una autorización de residencia.

Cómo solicitar un visado Schengen (paso a paso)

1. Identifica el visado adecuado

No es lo mismo viajar por turismo que por razones médicas o académicas.

2. Pide cita en el consulado español del país donde resides legalmente

Solicítalo mínimo 15 días antes y máximo 6 meses antes del viaje.

3. Prepara la documentación básica:

  • Formulario oficial por duplicado
  • 2 fotos recientes
  • Pasaporte válido (+3 meses desde salida y <10 años desde su emisión)
  • Seguro médico con cobertura mínima de 30.000 € para toda el área Schengen
  • Justificantes del viaje, hospedaje y medios económicos
  • Pago de la tasa consular

4. Espera la resolución

Plazo: 15 días naturales, prorrogables hasta 45 días en algunos casos.

5. Recoge tu visado

Una vez aprobado, tendrás 1 mes para recogerlo.

Recuerda: tener el visado no garantiza la entrada automática. En frontera pueden pedirte más pruebas.

Requisitos de entrada a España (además del visado)

  • Pasaporte válido
  • Prueba de alojamiento (reserva hotel o carta de invitación)
  • Medios económicos: 118,40 €/día por persona
  • Billete de vuelta
  • Justificación del motivo del viaje
  • Certificado médico (si se requiere)
  • No estar en lista de prohibición de entrada

Las autoridades fronterizas pueden verificar toda la documentación. No improvises.

¿Y si me quedo más de 90 días con un visado Schengen?

Estás cometiendo una infracción. Las consecuencias pueden ir desde una multa hasta la prohibición de entrada futura a cualquier país Schengen. Y no, no puedes transformar un visado Schengen en un permiso de residencia desde dentro de España.

Lo que nadie te cuenta (y deberías saber)

Hay miles de personas cada año que:

  • Entran con visado de turista y luego se “quedan”
  • Intentan convertirlo en residencia legal sin éxito
  • Son sancionadas al salir por haber excedido el tiempo

¿El problema real? Desinformación.

Por eso en RRYP hemos creado Think, Then Win, una newsletter donde explicamos cada semana:

  • Cómo funciona realmente el sistema jurídico español.
  • Qué dicen las leyes, y qué hacen los jueces.
  • Casos reales, errores comunes y decisiones valientes.
  • Estrategias legales y fiscales para quienes viven, invierten o planean establecerse en España.

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