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Emprende en España: visado de residencia para emprendedores

Visado de residencia para emprendedores extranjeros en España: guía legal actualizada

En los últimos años, el marco legal de extranjería en España ha evolucionado para reconocer y fomentar el talento emprendedor de ciudadanos extranjeros que desean establecerse en el país.

¿Sabías que tu proyecto empresarial puede ser la vía para obtener un permiso de residencia y trabajo como emprendedor en España?

Este visado se presenta como una oportunidad estratégica, especialmente para quienes desean desarrollar ideas innovadoras en un entorno con alta calidad de vida, acceso a profesionales cualificados y un ecosistema empresarial cada vez más competitivo.

En esta guía te explicamos en detalle en qué consiste el visado para emprendedores en España, qué requisitos debes cumplir, cómo es el procedimiento para solicitarlo y qué pasos debes seguir para crear una empresa siendo extranjero.

Además, te ofrecemos claves prácticas y aspectos legales esenciales para que tu proyecto se consolide con éxito dentro del mercado europeo.


Visa de emprendedor en España: requisitos y marco legal

Este tipo de visado está diseñado para personas extranjeras mayores de 18 años, que no sean nacionales de la Unión Europea ni del Espacio Schengen, y que deseen trasladarse a España con el objetivo de desarrollar una actividad emprendedora.

Aunque puede parecer similar al visado de trabajo por cuenta propia, lo cierto es que se rige por un marco normativo diferente al régimen general de extranjería. En concreto, está regulado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y de forma supletoria por el Reglamento de Extranjería.

Esto significa que no cualquier tipo de negocio da acceso a este visado. La ley establece que la actividad debe ser considerada emprendedora, lo que implica que tenga un carácter innovador y un interés económico relevante para España.

Gracias a este enfoque, la Ley de Emprendedores reconoce no solo modelos de negocio novedosos, sino también aquellos que pueden aportar valor diferencial al ecosistema económico español. Además, ofrece más flexibilidad en la tramitación de esta autorización en comparación con los visados regulados por el régimen común de extranjería.

Este visado se presenta, por tanto, como una opción altamente atractiva para extranjeros que desean lanzar un proyecto innovador en territorio español.


Requisitos para solicitar el visado de emprendedor en España

Dentro del marco de la Ley 14/2013, se considera emprendedora a aquella persona —ya actúe como individuo o a través de una entidad jurídica— que desarrolle una actividad económica de carácter empresarial o profesional conforme a los términos establecidos en dicha normativa.

No basta con la intención de emprender: para acceder a este visado es necesario cumplir una serie de requisitos generales y específicos, orientados a garantizar la viabilidad y el impacto del proyecto en el tejido económico español.


Requisitos generales

Los solicitantes deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • No encontrarse en situación irregular en España.
  • Ser mayor de 18 años.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países en los que haya residido durante los dos años anteriores, por delitos tipificados en el ordenamiento jurídico español.
  • No figurar como persona inadmisible en aquellos países con los que España tenga suscritos convenios en materia migratoria.
  • Contar con un seguro médico público o privado contratado con una entidad autorizada para operar en España.
  • Abonar la tasa administrativa correspondiente a la tramitación del visado.

Requisitos específicos

Además de las condiciones generales, se exige lo siguiente:

  • Proyecto de negocio viable: Es imprescindible presentar una idea empresarial sólida. Aunque no es necesario que el negocio esté ya en funcionamiento, el proyecto debe tener un carácter innovador, demostrar diferenciación respecto a lo ya existente y estar respaldado por un plan de negocio completo, que será evaluado según criterios que detallaremos en el siguiente apartado.
  • Perfil profesional del solicitante: Se valorará la experiencia previa en el sector, así como la formación académica o técnica que respalde la capacidad del solicitante para poner en marcha y gestionar el proyecto con éxito.
  • Solvencia económica: El solicitante deberá demostrar que cuenta con recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades y, en su caso, las de su familia durante el tiempo de residencia en España.
    • Para el solicitante principal: al menos el 200 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    • Para el primer familiar reagrupado: un 75 % adicional.
    • Por cada miembro adicional: un 25 % adicional.
      Cabe mencionar que algunas Oficinas Consulares pueden exigir el equivalente al 100 % del IPREM como referencia económica, por lo que se recomienda revisar los criterios específicos según el lugar de tramitación.

Intervención de diferentes organismos

El procedimiento implica la participación de varias entidades:

  • Oficinas Consulares de España: gestionan la solicitud de visado en el país de origen o residencia del solicitante.
  • Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE): es el organismo responsable de tramitar y resolver la autorización de residencia para emprendedores, independientemente de si la solicitud se presenta desde dentro o fuera de España.
  • Entidad evaluadora del proyecto empresarial: como se explicará en el siguiente apartado, una institución especializada valorará el plan de negocio presentado para determinar si cumple con los requisitos de innovación y relevancia económica exigidos.

Pasos para solicitar el visado

  1. Presentación del plan de negocio y solicitud de autorización a través de la plataforma online de la UGE-CE.
  2. Una vez obtenida la resolución favorable, el solicitante podrá concertar cita en el Consulado de España correspondiente a su país de origen o residencia.
  3. El interesado o su representante legal debidamente acreditado debe presentar la solicitud y la documentación exigida.
  4. El plazo máximo de resolución es de 10 días hábiles, lo que supone una tramitación más ágil que la de un visado convencional.
  5. Si el visado es aprobado, deberá ser retirado en el plazo de un mes desde la notificación.

Documentación necesaria para solicitar el visado de emprendedor en España

Como ocurre con cualquier procedimiento de extranjería, preparar correctamente la documentación es clave para garantizar el éxito de la solicitud.

En el caso del visado de residencia para emprendedores, se requiere presentar una serie de documentos imprescindibles ante la Oficina Consular correspondiente.

A continuación, se detalla el listado de documentación que debe acompañar la solicitud:

  • Formulario oficial de solicitud de visado nacional, debidamente cumplimentado y firmado.
  • Fotografía reciente tipo carné, en color, con fondo claro y buena calidad.
  • Pasaporte original en vigor y copia completa del mismo, con una validez mínima de un año y al menos dos páginas en blanco.
  • Informe favorable del proyecto emprendedor, emitido por el órgano competente (original y copia).
  • Justificación de medios económicos suficientes para el solicitante y, si procede, su familia. Debe presentarse en original y copia.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia durante los dos últimos años (original y copia). Además, podría requerirse una declaración responsable que acredite la ausencia de antecedentes penales durante los cinco años anteriores.
  • Seguro médico válido en España (público o privado), emitido por una entidad autorizada para operar en el país. Se deberá aportar original y copia del certificado.
  • Documento que acredite la residencia en la demarcación consular donde se presenta la solicitud. Puede ser un certificado de empadronamiento, documento de identidad o cualquier prueba oficial de domicilio.
  • Justificante del pago de la tasa consular correspondiente al visado.

Reagrupación familiar con el visado de emprendedor en España

Una de las principales ventajas del visado de emprendedor frente al régimen general de extranjería es la facilidad para reagrupar a los familiares, sin necesidad de esperar largos plazos.

La Ley 14/2013, en su artículo 62.4, permite que los familiares puedan solicitar la reagrupación de forma simultánea, sucesiva o conjunta a la solicitud del titular del permiso, lo que agiliza notablemente el proceso y favorece la unidad familiar desde el inicio del proyecto emprendedor.

Esto representa una clara diferencia respecto al régimen general de extranjería, donde es obligatorio haber residido legalmente en España durante al menos un año y contar con la renovación del permiso antes de poder iniciar un procedimiento de reagrupación familiar.


¿A qué familiares se puede reagrupar?

Podrán ser objeto de reagrupación los siguientes miembros de la familia del titular del permiso:

  • El cónyuge o pareja de hecho, siempre que exista una relación afectiva estable y acreditada.
  • Los hijos menores de edad, o mayores que dependan económicamente del solicitante y no formen una unidad familiar propia.
  • Los ascendientes a cargo del titular.

Derechos de los familiares reagrupados

Además, según la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 14/2013, las autorizaciones concedidas a los familiares permiten residir y trabajar en España, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, sin necesidad de realizar trámites adicionales.

Esta posibilidad convierte al visado de emprendedor en una opción especialmente atractiva para quienes desean trasladar su proyecto empresarial a España junto a su núcleo familiar, con plenas garantías de integración y desarrollo profesional.


Cómo crear una empresa en España siendo extranjero: requisitos para el plan de negocio

Uno de los elementos clave para obtener el visado de residencia como emprendedor en España es la presentación de un plan de negocio sólido y bien estructurado.

Este documento será evaluado conjuntamente por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) y la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), entidades encargadas de valorar la viabilidad e impacto del proyecto.

La evaluación del plan se integra en el proceso de autorización, y la resolución favorable dependerá del visto bueno de ambos organismos.

El propósito de este informe es demostrar que el proyecto tiene un carácter innovador, viabilidad económica y capacidad para generar empleo y valor añadido en el mercado español.


¿Qué debe incluir el plan de negocio?

Para que el plan sea considerado completo y competitivo, debe contar con los siguientes apartados esenciales:

Resumen ejecutivo del proyecto

En esta sección se debe describir con claridad la actividad empresarial que se pretende desarrollar, indicando:

  • Fecha prevista de inicio
  • Lugar donde se establecerá la empresa
  • Forma jurídica elegida (sociedad limitada, autónomo, etc.)
  • Impacto económico estimado de la inversión
  • Número de puestos de trabajo que se prevé crear, con descripción de funciones y nivel de cualificación
  • Estrategias de promoción, comercialización y canales de venta

Descripción del producto o servicio

Debe explicarse en qué consiste la propuesta empresarial, qué necesidad cubre y por qué resulta relevante en el mercado actual.

Análisis de mercado

Se debe incluir un estudio del sector, competencia, público objetivo y oportunidades detectadas.

Plan financiero

Este apartado debe detallar las fuentes de financiación previstas, las necesidades de inversión inicial y el plan de viabilidad económica.

Innovación y valor añadido

Debe indicarse cómo el proyecto contribuirá a la economía española, qué elementos de innovación incorpora y qué ventajas competitivas ofrece.


Plazos y recomendaciones

  • El plazo estimado para la evaluación del plan de negocio es de 20 días hábiles.
  • En caso de requerirse documentación adicional o entrevista, el plazo puede extenderse hasta un máximo de 3 meses.
  • Es muy recomendable incluir documentación complementaria que respalde el grado de desarrollo del proyecto (como prototipos, registros, estudios de mercado o contratos preliminares).

Conclusión: una oportunidad real para emprender en España de forma legal

España se posiciona como un entorno ideal para quienes desean lanzar proyectos innovadores y establecerse en un mercado europeo competitivo y bien conectado.

El visado de residencia para emprendedores extranjeros permite iniciar una actividad empresarial con múltiples ventajas, como la autorización para trabajar desde el primer momento o la posibilidad de reagrupar a la familia sin necesidad de esperar.

Eso sí, acceder a este permiso exige cumplir con una serie de requisitos: disponer de una idea de negocio con potencial económico, presentar un plan sólido y viable, y superar los filtros establecidos por la normativa vigente.

Desde la fase de diseño del plan empresarial hasta la constitución formal de la empresa, es clave contar con asesoramiento legal especializado que garantice una tramitación eficaz y sin errores.

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