¿En qué consiste la residencia no lucrativa en España?
La residencia no lucrativa es una autorización que permite a ciudadanos extranjeros vivir legalmente en España sin llevar a cabo ninguna actividad laboral o profesional.
Esta solicitud debe tramitarse desde el país de origen del solicitante y está orientada a quienes cuentan con medios económicos suficientes para mantenerse sin necesidad de trabajar.
¿Quién puede solicitar la residencia no lucrativa en España?
Este tipo de residencia está destinada a ciudadanos extracomunitarios, es decir, personas que no son nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiares beneficiarios del régimen comunitario.
Requisitos para obtener la residencia no lucrativa en 2025
Para poder acceder a este permiso de residencia, es necesario cumplir con una serie de condiciones legales, sanitarias y económicas.
A continuación, se detallan los requisitos actualizados:
- No encontrarse en situación irregular dentro del territorio español en el momento de la solicitud.
- Carecer de antecedentes penales tanto en España como en los países en los que el solicitante haya residido durante los últimos cinco años, por delitos contemplados en la legislación española.
- No tener prohibida la entrada a España ni figurar como persona no admitida en los países con los que España tenga firmados acuerdos en esta materia.
- Acreditar medios económicos suficientes para cubrir los gastos de manutención durante la estancia en España, así como, en su caso, los de los familiares que le acompañen:
- Para el solicitante principal: el 400 % del IPREM mensual vigente.
- Por cada familiar adicional: el 100 % del IPREM mensual.
- Disponer de un seguro médico público o privado contratado con una aseguradora autorizada para operar en España, que ofrezca cobertura completa durante todo el período de residencia.
- No padecer enfermedades que puedan suponer un riesgo para la salud pública, de acuerdo con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- No estar vinculado a un compromiso de no retorno, en caso de haber participado anteriormente en un programa de retorno voluntario.
- Abonar la tasa administrativa correspondiente al procedimiento de solicitud.
¿A quién se considera familiar del solicitante?
A efectos de la residencia no lucrativa en España, se entiende por familiar a las siguientes personas, siempre que se acredite debidamente el vínculo y, en su caso, la dependencia económica o personal:
- El cónyuge, pareja registrada o pareja de hecho del solicitante. Se deberá demostrar que la relación es estable y duradera. Esta estabilidad se entiende acreditada si han convivido durante al menos un año de forma continuada en un régimen análogo al matrimonial. No obstante, si existen hijos en común, bastará con demostrar una convivencia estable, sin necesidad de que haya transcurrido un año.
- Los hijos menores de edad, siempre que sean solteros y dependan económicamente del solicitante. Esto incluye tanto a los hijos biológicos como a los del cónyuge o pareja.
- Los hijos mayores de edad del solicitante o de su cónyuge/pareja que padezcan una discapacidad que les impida valerse por sí mismos o que requieran apoyo continuado debido a su situación de salud.
¿Cuánto dinero se necesita para la residencia no lucrativa en 2025?
La cantidad mínima exigida se calcula en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), cuyo valor mensual en 2025 es de 600 euros.
De acuerdo con la normativa vigente art 47, se requieren:
- 2.400 euros al mes (equivalente al 400% del IPREM) para el sostenimiento del solicitante principal.
- 600 euros adicionales al mes (100% del IPREM) por acompañante.
+ El coste de la tasa.
Documentación para solicitar la residencia no lucrativa
Para tramitar correctamente la solicitud de residencia no lucrativa en España, es imprescindible presentar la siguiente documentación ante el consulado español correspondiente al país de origen:
- Formulario oficial de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. En caso de tratarse de un menor de edad, deberá firmarlo su representante legal. Se deben presentar dos copias del formulario.
- Pasaporte válido o documento de viaje reconocido por España, con una vigencia mínima de un año en el momento de la solicitud.
- Certificado de antecedentes penales, emitido por las autoridades del país o países en los que el solicitante haya residido durante los últimos cinco años, siempre que sea mayor de edad.
- Acreditación de medios económicos suficientes, para cubrir todos los gastos derivados de la estancia en España. Esta solvencia puede demostrarse mediante:
- Propiedades o activos personales.
- Cheques certificados, tarjetas de crédito o cualquier otro medio financiero acompañado de un certificado bancario que confirme la disponibilidad del saldo.
- En caso de ingresos derivados de participaciones o acciones en sociedades (españolas, mixtas o extranjeras), deberá aportarse un certificado de la empresa que acredite que el solicitante no desempeña ninguna actividad laboral, junto con una declaración jurada en el mismo sentido.
- Seguro médico privado o público, contratado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, con cobertura completa durante todo el período de residencia.
- Certificado médico, que demuestre que el solicitante no padece ninguna enfermedad que pueda suponer un riesgo para la salud pública, conforme al Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
¿Cómo solicitar la residencia no lucrativa en España en 2025?
El procedimiento para obtener la residencia no lucrativa en España debe iniciarse desde el país de origen del solicitante.
A continuación, se detallan los pasos clave del proceso, los plazos, el pago de tasas y la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
Presentación de la solicitud
La solicitud debe ser presentada personalmente por el extranjero interesado en la oficina consular o misión diplomática española correspondiente a su lugar de residencia habitual.
- En el caso de menores de edad, el trámite debe ser gestionado por su representante legal.
- Es fundamental asegurarse de acudir a la sede consular correcta, según la demarcación territorial que corresponda al domicilio del solicitante.
Pago de tasas
El pago de las tasas se realiza una vez que la solicitud ha sido admitida a trámite.
El solicitante dispone de un plazo de diez días hábiles para abonar los importes establecidos.
Las tasas aplicables son:
- Tasa por expedición del visado de residencia.
- Tasa por autorización de residencia (Modelo 790, código 052).
El pago del Modelo 790 puede efectuarse a través de la pasarela de pago oficial habilitada por la Administración española o mediante una entidad bancaria autorizada, tras descargar e imprimir el formulario correspondiente.
Plazo de resolución
El plazo máximo de resolución del procedimiento es de tres meses, contados desde la fecha en que la solicitud es registrada en la oficina consular.
Recogida del visado y entrada en España
Si la solicitud es aprobada, el solicitante deberá recoger el visado personalmente en un plazo de un mes desde la notificación.
Si no lo hace en ese plazo, se entenderá que renuncia a la solicitud y el expediente será archivado.
Una vez obtenido el visado, el titular deberá ingresar a España dentro del periodo de validez del mismo, que en ningún caso podrá superar los tres meses.
Duración inicial de la residencia
La autorización inicial de residencia no lucrativa tiene una validez de un año, que comienza a computarse desde la fecha de entrada efectiva en territorio español.
Solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Tras su llegada a España, el solicitante deberá solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) en la comisaría de policía correspondiente, en el plazo de un mes desde su entrada al país.
Para ello, será necesario aportar:
- Formulario EX-17, debidamente cumplimentado.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
- Fotografía reciente en color, fondo blanco y tamaño carné.
Tanto la presentación de la solicitud como la recogida de la TIE deben realizarse de forma presencial por el propio interesado.
¿Se puede renovar la autorización de residencia no lucrativa en España?
Sí, la residencia no lucrativa en España puede renovarse si el solicitante sigue cumpliendo con los requisitos establecidos.
La renovación debe tramitarse antes de la expiración de la autorización inicial, que tiene una duración de un año, y su concesión permite obtener un permiso por dos años adicionales.
¿Cómo y dónde presentar la solicitud de renovación?
El trámite debe ser realizado por el propio titular de la residencia no lucrativa.
La renovación puede solicitarse de dos maneras:
- Presencialmente, en la Oficina de Extranjería de la provincia donde reside el solicitante.
- Electrónicamente, a través de la plataforma de Extranjería Mercurio.
¿Cuándo se debe presentar?
La solicitud puede presentarse en un plazo de 60 días antes de la fecha de vencimiento de la autorización.
También es posible hacerlo hasta 90 días después de su caducidad, aunque en este caso podría iniciarse un procedimiento sancionador.
¿Qué ocurre mientras se resuelve la solicitud?
La presentación de la renovación dentro del plazo establecido prorroga automáticamente la validez de la autorización anterior hasta que se emita la resolución definitiva.
Coste y tasas de renovación
La tasa administrativa a pagar corresponde al Modelo 790, código 052.
El pago se puede realizar:
- Online, a través de la pasarela de pago oficial.
- Presencialmente, en una entidad bancaria tras descargar e imprimir el formulario.
El pago debe efectuarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la admisión de la solicitud.
Plazo y resolución de la solicitud
Tiempo de resolución: La Administración tiene un máximo de tres meses para emitir y notificar la resolución desde la fecha en que la solicitud fue registrada.
- Si en ese plazo no se ha recibido respuesta, la solicitud se considerará aprobada por silencio administrativo positivo, y el solicitante podrá solicitar un certificado que acredite su renovación.
- La notificación de la resolución se realizará de forma electrónica o en el domicilio del solicitante. Si no se pudiera entregar, se publicará en el Tablón Edictal Único (TEU).
Obtención de la nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Una vez aprobada la renovación, el solicitante tiene un mes para solicitar la nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía correspondiente.
Para este trámite, deberá presentar:
- Formulario oficial de solicitud (EX-17).
- Justificante del pago de la tasa de la tarjeta.
- Una fotografía reciente en color, fondo blanco, tamaño carné.
- Pasaporte o documento de viaje vigente, que deberá presentarse en el momento de la toma de huellas.
Tanto la solicitud como la recogida de la TIE deben realizarse de forma presencial.
Conclusión: asegure una renovación sin complicaciones
La residencia no lucrativa en España permite una renovación inicial por dos años, siempre que se mantengan los requisitos económicos, sanitarios y administrativos exigidos.
Solicitar la prórroga dentro del plazo legal establecido es esencial para conservar el estatus de residente y evitar situaciones de irregularidad que puedan derivar en sanciones o complicaciones migratorias.
Una planificación adecuada —que incluya la revisión anticipada de la documentación y el cumplimiento puntual del pago de tasas— es clave para garantizar una tramitación fluida.

CFGS en Marketing y Publicidad y Administración y Finanzas. Especialista en marketing en RRYP.