Cómo vivir y trabajar en España como freelancer extranjero: requisitos y trámites.
España es uno de los destinos favoritos para los turistas…
¿Por qué no trabajar desde aquí?
Su combinación única de calidad de vida, buen clima, excelente gastronomía, conexiones internacionales y un coste de vida razonable hacen del país un lugar ideal para quienes quieren trabajar de forma remota o gestionar sus propios proyectos.
Pero más allá de la calidad de vida, España ha comenzado a posicionarse como un país atractivo para freelancers y nómadas digitales gracias a cambios recientes en su legislación.
La aprobación de la Ley 14/2013 de apoyo a emprendedores y su internacionalización y la incorporación del visado para nómadas digitales suponen un antes y un después: ahora, trabajar legalmente desde España para clientes internacionales es posible, incluso para ciudadanos de fuera de la Unión Europea.
Esto ha abierto la puerta a miles de profesionales que ya no necesitan estar atados a un país para trabajar. Si tú también formas parte de esta nueva generación de trabajadores globales, España puede convertirse en tu próxima oficina.
En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber para trabajar legalmente como freelancer extranjero en España: desde los requisitos legales, los tipos de permiso que puedes solicitar, cómo pagar impuestos correctamente hasta las dudas más frecuentes.
¿Qué se considera un freelancer en España?
En la legislación española, el término freelancer no tiene una definición específica. Por tanto, se considera un trabajador autónomo, independiente o por cuenta propia: una persona que ejerce una actividad económica de manera habitual, personal y directa, sin estar vinculada por una relación laboral, y asumiendo el riesgo y la responsabilidad de su negocio.
Esta figura abarca a profesionales que prestan servicios a terceros (empresas, clientes o particulares) por medio de contratos de prestación de servicios, no de trabajo.
Es decir, no tienen jefes ni nómina, pero sí obligaciones legales, fiscales y administrativas propias.
En este contexto, trabajar como freelancer en España no implica pertenecer a una categoría jurídica específica, sino encuadrarse dentro del Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA).
Sin embargo, en el ámbito de extranjería de la Ley 14/2013 se exige que la relación profesional cumpla con una serie de requisitos.
Según la Ley de emprendedores, un autónomo será considerado freelancer internacional, autónomo extranjero o nómada digital siempre que ejerza “una actividad laboral a distancia para empresas fuera del territorio nacional y mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación”.
A efectos de esta autorización, se permite que el profesional trabaje también para empresas ubicadas en España, siempre que el volumen de dicha actividad no supere el 20% de su actividad total.
¿Qué permisos necesito para vivir y trabajar en España como freelancer?
El proceso para establecerse legalmente en España como freelancer varía en función de la nacionalidad del solicitante.
No es lo mismo proceder de un país de la Unión Europea que ser ciudadano de un Estado extracomunitario, ya que cada situación está regulada por un marco jurídico distinto, con implicaciones prácticas y legales que afectan tanto a la residencia como al desarrollo de la actividad económica.
A continuación, te explicamos las dos vías principales según el país de origen:
Requisitos para ciudadanos UE/EEE/Suiza
Los ciudadanos procedentes de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza tienen derecho a vivir y trabajar en España sin necesidad de un permiso de residencia o trabajo específico, según el Real Decreto 240/2007.
No obstante, si su intención es permanecer en el país por más de 90 días, deberán realizar ciertos trámites administrativos obligatorios para regularizar su estancia y actividad económica como autónomos.
En estos casos, como ciudadano europeo deberás tramitar el Certificado de Registro como Ciudadano de la Unión Europea, regulado por el Régimen Comunitario de extranjería en España.
Este certificado está previsto en normativa como la Directiva 2004/38/CE, el Real Decreto 240/2007 y la Orden PRE/1490/2012, y es obligatorio para quienes deseen residir en España más de tres meses, ya sea para trabajar, estudiar o vivir sin actividad laboral.
El trámite es relativamente sencillo: se solicita en las oficinas de extranjería o comisarías habilitadas dentro de los tres meses siguientes a la llegada a España, y se entrega de forma inmediata un documento físico que incluye los datos personales, nacionalidad, dirección en España y el NIE asignado.
Seguramente te estarás planteando qué requisitos necesitas cumplir para obtener el Certificado de Registro. Como freelancer, tu actividad se considera trabajo por cuenta propia, por lo que en el momento de la cita deberás acreditar dos aspectos fundamentales:
- Que cuentas con recursos económicos suficientes para mantenerte sin depender del sistema público.
- Que dispones de cobertura sanitaria, ya sea mediante el sistema público o a través de un seguro privado.
La valoración de estos requisitos se realiza de forma individualizada en el momento de la solicitud.
Como referencia, se considera que existen medios económicos suficientes cuando los ingresos superan el umbral fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para tener derecho a una prestación no contributiva.
Autorización para ciudadanos extracomunitarios.
Para los freelancers procedentes de países extracomunitarios, establecerse legalmente en España para ejercer una actividad por cuenta propia requiere obtener una autorización de residencia y trabajo. Tradicionalmente, esto se gestionaba a través de la figura general de residencia por cuenta propia regulada en el Reglamento de Extranjería.
Sin embargo, la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, introdujo una vía más ágil y especializada: una autorización específica dirigida a profesionales altamente cualificados, especialmente aquellos vinculados a sectores tecnológicos, digitales o innovadores.
Esta vía da lugar a la figura del teletrabajador de carácter internacional, diseñada para quienes prestan servicios a distancia, de forma continuada, para empresas o clientes fuera de España, utilizando exclusivamente medios digitales o telemáticos.
Popularmente conocida como el visado para nómadas digitales, esta autorización permite residir en España mientras se trabaja en remoto. Además, dentro de este mismo marco legal, también es posible solicitar la autorización como teletrabajador por cuenta ajena, siempre que se mantenga una relación laboral con una empresa extranjera.
¿Cómo se solicita?
El procedimiento para obtener la autorización como teletrabajador de carácter internacional puede iniciarse por dos vías:
- Desde el país de origen, solicitando un visado de teletrabajo para España ante el consulado español correspondiente.
- Desde España, si el solicitante se encuentra en situación, presentando directamente una solicitud de autorización de residencia inicial ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
Una de las principales ventajas de esta figura es la agilidad en la tramitación: el plazo máximo para resolver la solicitud es de 20 días hábiles, y si no se recibe respuesta en ese tiempo, se aplica el silencio administrativo positivo, lo que implica la concesión automática.
La duración inicial de la autorización es de hasta tres años, con posibilidad de renovación por periodos sucesivos de dos años si se siguen cumpliendo los requisitos.
Además, esta modalidad permite la reagrupación familiar inmediata, sin necesidad de haber residido previamente en España, siempre que se acredite disponer de recursos económicos suficientes y cobertura sanitaria adecuada para los familiares.
Respecto a los requisitos para los solicitantes son simples:
- Ser ciudadano extracomunitario.
- Desarrollar una actividad profesional a distancia para empresas o clientes de fuera de España.
- Contar con formación superior o demostrar al menos 3 años de experiencia profesional relacionada con la actividad a desarrollar.
- Disponer de ingresos suficientes (mínimo el 200% del SMI mensual).
- Contar con un seguro médico público o privado en España (podrá convalidarse por la obligación de seguridad social).
- No tener antecedentes penales ni en España ni en países donde se haya residido en los últimos cinco años.
En caso de que tu actividad laboral no cumpliese con alguno de los requisitos mencionados, existe otra opción: la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
Esta tiene una duración de un año y se limita a un ámbito geográfico y de actividad concreto.
El permiso está más enfocado al inicio de un negocio presencial en España y requiere la presentación de un proyecto viable y la revisión de la situación nacional de empleo para la concesión de la autorización.
Tramites y obligaciones fiscales
Una vez que hayas obtenido la autorización de residencia correspondiente y vayas a ejercer tu actividad económica en España como freelancer, estarás sujeto a las obligaciones fiscales y de cotización propias del régimen de autónomos.
Si resides en España durante más de 183 días al año, serás considerado residente fiscal, lo que significa que deberás tributar por tu renta mundial.
Es decir, tendrás que declarar todos tus ingresos, con independencia del país en el que se generen.
Además del procedimiento de extranjería, deberás realizar una serie de trámites administrativos para formalizar tu actividad como trabajador autónomo en España. Estos pasos son obligatorios para todos los trabajadores extranjeros por cuenta propia, independientemente de su nacionalidad.
Paso 1: Alta en Hacienda.
En primer lugar, deberás registrar tu actividad profesional en la Agencia Tributaria, dándote de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores mediante el modelo 036 o 037, según tu situación.
Paso 2: Alta en la Seguridad Social.
En España, existe un sistema de seguridad social específico para trabajadores por cuenta propia.
Por ello, deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Tus cotizaciones mensuales se calcularán en función de tus ingresos reales, según los tramos establecidos por ley. Este requisito es fundamental para poder realizar cualquier actividad laboral en España.
¿Qué ocurre si ya estás dado de alta en tu país de origen?
Si ya trabajas como freelance en tu país y vienes a residir en España, es importante comprobar si existe un Convenio de Doble Imposición entre ambos países.
Este tipo de acuerdo, si está en vigor, puede ayudarte a evitar:
- La doble tributación sobre los mismos ingresos.
- La doble cotización a la Seguridad Social, si puedes acreditar que sigues vinculado al sistema de origen (mediante, por ejemplo, el certificado A1 en el caso de países de la UE).
Para acogerte a estos convenios, deberás cumplir con las condiciones específicas establecidas en cada tratado y, en algunos casos, tramitar solicitudes o certificaciones previas.
Preguntas frecuentes sobre cómo mudarse y trabajar como freelancer
Sí. Si entraste a España de forma legal (por ejemplo, con visado de turista o en estancia de corta duración sin visado), puedes presentar la solicitud de autorización de residencia como teletrabajador internacional directamente desde España ante UGE-CE, siempre que sea durante el periodo de estancia regular (90 días). No es necesario volver a tu país para iniciar el procedimiento.
Si más del 20 % de tu actividad va a dirigirse al mercado español, el visado de nómada digital no es la opción adecuada. En ese caso, deberías optar por la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia tradicional, que permite trabajar libremente para clientes dentro de España, siempre que cumplas con los requisitos (plan de negocio viable, inversión, permisos municipales, etc.).
No. Aunque tengas autorización de residencia (ya sea como ciudadano de la UE o con visado de nómada digital), si desarrollas una actividad económica desde España, estás obligado a darte de alta como autónomo, tanto en Hacienda como en la Seguridad Social (RETA). No hacerlo puede conllevar sanciones y problemas legales o administrativos.
No, el seguro médico privado no sustituye la obligación de darte de alta en la Seguridad Social si vas a ejercer una actividad económica en España como autónomo. El requisito de alta en la Seguridad Social española solo puede ser sustituido cuando se acredite la cobertura desde el país de origen, y siempre que exista un convenio bilateral de Seguridad Social en vigor entre España y ese Estado. Para ello, la administración del país de origen debe emitir un certificado oficial, conforme a lo establecido en dicho acuerdo, que garantice la cobertura del trabajador durante su estancia temporal en España.
Es importante destacar que no todos los países con convenio emiten este tipo de certificados para teletrabajadores. Por tanto, antes de iniciar el procedimiento, conviene verificar si tu país de origen reconoce esta modalidad y permite exportar el derecho a cobertura sanitaria bajo esta figura.
Sí, los familiares que sean reagrupados bajo la Ley 14/2013 pueden trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin necesidad de un permiso adicional. Esto es una de las principales ventajas de este tipo de autorización frente a otros regímenes de extranjería más restrictivos.
La duración máxima de las ausencias permitidas depende del tipo de residencia:
Para los ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo o Suiza, no existe un límite legal de tiempo de ausencia claramente establecido. Sin embargo, si un ciudadano comunitario permanece más de seis meses consecutivos fuera de España y no mantiene vínculos económicos o personales en el país, las autoridades podrían considerar que ha perdido su condición de residente.
Para los ciudadanos extracomunitarios con autorización de residencia (como nómadas digitales o autónomos por cuenta propia): las ausencias del territorio español no deben superar los seis meses consecutivos en un año, salvo causa debidamente justificada. Además, para acceder a la residencia de larga duración, las ausencias acumuladas no pueden superar los diez meses en cinco años. Superar estos límites, puede poner en riesgo la renovación de la autorización o la continuidad de tu residencia legal en España.
Graduada en Relaciones Internacionales y Máster en Altos Estudios Internacionales y Europeos.