Saltar al contenido

El Protocolo en las Organizaciones Internacionales

Objetivos y planteamiento

Con esta exposición se pretende abordar el funcionamiento y desarrollo de la diplomacia en las relaciones internacionales que se gestan en el seno de las Organizaciones Internacionales, empleando como recurso las reglas protocolarias.

Resulta, pues, fundamental tener presente la existencia de una tipología múltiple y diversa de las organizaciones internacionales que se han venido erigiendo desde la Conferencia de Yalta (1945), en la que ya se preveía la configuración de las Naciones Unidas, la Organización Internacional por antonomasia, articulada según las directrices acordadas en la Conferencia de San Francisco. Siguiendo la estela marcada por el espíritu que vino a poner fin a la II Guerra Mundial, han ido proliferando una serie de OO.II entre las que cabe destacar: 1) la OTAN, por su peculiar configuración que engloba en su estructura órganos de carácter civil y otros de carácter militar, jerárquicamente iguales, pese a que los que componen la estructura militar quedan supeditados a la civil, un aspecto que es puesto de relieve en el establecimiento de las precedencias; y 2) la Unión Europea, un híbrido resultante de unos tratados constitutivos similares a los que dan vida a las tradicionales OO.II. del siglo XX, pero con vocación de fundar un Estado superador de las ideas románticas que parieron a los Estados-nación. 

Es, precisamente, al socaire de estas estructuras supranacionales donde se producen un conjunto de interconexiones derivadas de los contactos que tienen lugar entre las personalidades que resultan representantes de poblaciones concretas, delimitadas por las fronteras de los Estados-Nación que nacen, se transforman y mueren conforme se desatan situaciones que, en ocasiones, tienen su origen en cumbres internacionales. Y es que, el reconocimiento de Estados en la esfera internacional, deviene primordial para la vida y prosperidad de cualquier candidato que aspire a ingresar en una OI; de ahí, lo esencial de las negociaciones bilaterales y multilaterales en las que la puesta en escena, la imagen que se transmite a la opinión pública, debe lograr manifestar y revelar aspectos tan básicos como primordiales, como es el respeto mutuo, uno de los pilares sobre los que se construyen las relaciones internacionales en el mundo Occidental. Para ello, el orden y los gestos de cortesía deben regir y guiar las reuniones entre mandatarios de las diversas potencias; y este conjunto de normas de orden (precedencias), de conductas a seguir y a evitar, de etiqueta y de ceremonial es lo que comprende la noción protocolo. A su vez, a cada protocolo le acompaña su respectivo ceremonial o conjunto de formalidades establecidas para un determinado acto solemne, que comprende tanto reglas de orden como de etiqueta.

Se debe partir de la premisa de que este término, sin embargo, adolece de la falta de una acotación semántica, y, por ende, queda sometido a una ambigüedad que impone que la palabra protocolo sea aprehendida acompañada de un adjetivo que concrete, no solo su significado, sino también su ámbito de aplicación. Una aproximación a esta disciplina de las Ciencias Sociales implica hacerlo a través de sus antecedentes históricos; no obstante, siendo conscientes de que lo farragoso de esta explicación podría adentrarnos en circunloquios innecesarios, únicamente, a conveniencia del objeto con el que se trazan estas líneas, recurriremos a los adjetivos internacionaldiplomático vexilológico para orientar la comprensión del protocolo y de su uso en las OO. II. Así pues, como ya se ha indicado, la pluralidad de estas organizaciones de Derecho Internacional Público y los límites inherentes a esta exposición, imponen que únicamente se haga mención de los casos de las Naciones Unidas, cuya presencia internacional -no en vano, está conformada por casi la totalidad de los Estados que pueblan la comunidad internacional- motiva que muchas otras sigan su modelo de usos protocolarios; y de la Unión Europea, la organización regional más cercana a los españoles y que goza de mayor influencia y reconocimiento.

El Protocolo como disciplina: concepto y antecedentes históricos. Evolución de la Diplomacia

Atendiendo al Protocolo internacional y/o diplomático, debemos apuntar a que éste aparece ligado a las disciplinas[1] de Antropología, Historia, y Derecho. Indudablemente, máxime en la civilización europea, las dos últimas son el resultado de una tradición monárquica presente, incluso, en la época romana; así, fueron las relaciones entre reyes y emperadores europeos los que, guiados por un complejo entramado de leyes y regulaciones propias de su Estado y del funcionamiento de sus respectivas Cortes, motivaron la aparición de las Relaciones Internacionales, una Ciencia que evoluciona al compás del Protocolo, y viceversa, pues ambas quedan al abrigo de unos concretos contextos histórico y social que, como en la actualidad, son plurales y cambiantes, hoy protagonizados por el fenómeno de la globalizacióndonde el poder de la opinión pública ha ganado una relevancia notable en los campos gubernamental, económico y social.

Como código conductual, el Protocolo tiene vocación de armonizar las relaciones internacionales, canalizando y ordenando la comunicación entre los agentes de la esfera internacional, ya sea en las relaciones entre delegados de los Estados en una OI, relaciones entre las propias OO.II., o las meras relaciones entre funcionarios de las OO.II., siempre sobre la premisa primordial del respeto mutuo a la soberanía, honor y dignidad de cada Estado, pero sin descartar los usos, costumbres y tradiciones que rigen una convivencia pacífica entre colectivos. Asociado a él, y con el mismo objetivo, la Diplomacia aparece como un instrumento más de los sujetos internacionales encaminado a defender y fortalecer la posición propia, sin descuidar la armonía internacional, a través de la negociación. Es, precisamente, esta negociación la que llevan a cabo los Estados y las OO. II. a través de órganos como la Misión Diplomática, Jefes de Estado o de Gobierno, Ministros de Asuntos Exteriores y delegados en Conferencias Internacionales. Es en su puesta en escena donde interviene el Protocolo.

Hasta el siglo XV, la diplomacia era de corte bilateral. No será hasta el siglo XVII cuando las relaciones diplomáticas aparezcan acompañadas de un determinado protocolo, y lo harán en una coyuntura marcada, además de por la consabida burocratización y complejidad de las estructuras del Estado moderno que avanzaba conforme lo hacían los lazos comerciales, por la progresiva expansión de nuevos medios de comunicación y transporte, de la adopción una lengua diplomática (el francés) y de la superación de las barreras religiosas. Solo a partir de entonces, las misiones diplomáticas dejaron de ser nombradas ad hoc, pasaron a ser estables, duraderas y conformadas por profesionales al servicio de la acción exterior de los monarcas. 

Aunque quien escribe ya haya dedicado un par de artículos al nacimiento de las relaciones internacionales con la Paz de Westfalia, y de la Diplomacia de Estado de la mano del multilateralismo en el Congreso de Viena, conviene traer a colación una serie de apuntes, siquiera sucintos, para hacerse cargo de la importancia del Protocolo en las OO.II. en la actualidad; de este modo, debemos señar que, desde 1648 a 1815, la Diplomacia se caracterizó por: a) ejercicio de agentes diplomáticos que actuaban como representantes personales del monarca y no del Estado; b) un cuerpo diplomático elegido entre miembros de la nobleza, aún no profesionalizado; c) los representantes plenipotenciarios de los monarcas recurrían, incluso, a técnicas como la propaganda, y no se limitaban a informar de la situación del país de destino y a llevar a cabo negociaciones, sino que también influían en la política interior del Estado ante el que estaban acreditados[2]; y d) el recurso a la costumbre para imponer una jerarquía y, por consiguiente, normas protocolarias.

A partir del Congreso de Viena hasta la I Guerra Mundial, se impone una Diplomacia de Estado cimentada sobre la igualdad entre los Estados -monarcas-. El Acta Final del Congreso de Viena[3] fijó que la firma de Tratados internaciones se haría siguiendo criterios de orden alfabético; asimismo, se restablecieron el rango de los agentes diplomáticos y la precedencia de las categorías de los agentes, así como sus privilegios, inmunidades de éstos y de las sedes de representación (embajadas), y procedimiento de acreditación. No obstante, debe señalarse que ya, desde el siglo XIX, se empieza a gestar una política exterior que tenía presente la opinión ciudadana.

Obviando el período de entreguerras, los Tratados de París (1947) y de San Francisco (1950) tras la II Guerra Mundial han propiciado nuevas formas de relación entre los Estados gracias al recurso de una diplomacia multilateral propiamente dicha, pues, si por algo fracasó el sistema gestado en 1815 fue, precisamente, por la ausencia de una configuración estable y estructurada del orden internacional; ahora, esta diplomacia multilateral se produce en el seno de foros constituidos en torno a las OO. II. Éstas han motivado tanto el aumento de las conferencias diplomáticas como el de las relaciones entre OOII y los Estados, y de las primeras entre sí, lo que provoca, a su vez, nuevas situaciones que precisan del protocolo y ceremonial tradicionales, adaptados a los nuevos contextos. Operan sobre la premisa que guía las Relaciones Internacionales desde entonces: el buen entendimiento entre los Estados, para mantener la paz y seguridad internacionales, a través de sus representantes diplomáticos.

La Convención de Viena de 1961 vino a renovar los puntos del Acta Final del Congreso de 1815, y a ratificar las precedencias establecidas entonces[4]; sin embargo, en lo que a las Misiones Diplomáticas se refiere, se crearon tres categorías de jefes de Misión, así como una nueva figura: el encargado de negocios ad interim, que viene a sustituir al jefe de la misión cuando a éste no le sea posible acudir o bien porque el puesto haya quedado vacante; de esta forma, se evitan vacíos de poder.

Desde la instauración del orden mundial establecido tras la II Guerra Mundial hasta nuestros días han transcurrido más de setenta décadas, un período en el que dejan de estar operativas las estructuras que antaño cumplieron su cometido, y en el que, además, según algunos autores apuntan, se ha producido una involución en las misiones diplomáticas. Téngase en cuanta que, si paulatinamente se ha asistido a la profesionalización del ejercicio de la Diplomacia y a un establecimiento peramente de las representaciones diplomáticas, en la actualidad, las delegaciones requieren de técnicos o especialistas en múltiples disciplinas: Economía, Comunicación, Geoestrategia militar, medioambiente, etc.

Y ello es debido a la creciente complejidad que arrastra la globalización; en ella, la ciudadanía se convierte en partícipe de las relaciones internacionales; aparecen actores como los turistas, los medios de comunicación o los inmigrantes, que influyen en el tablero de juegos de hegemonía y de poder entre los Estados, pues también ofrecen una determinada imagen de un Estado en concreto, y ello sin reparar aquí en la gran relevancia de la opinión de la sociedad acerca de la política nacional e internacional, avivada por el uso masivo de redes de comunicación, que ofrecen información inmediata. De ahí, la propagación de acciones de marca país, un conjunto que algunos autores enmarcan en el paso de la política moderna de Estado-Nación hacia la política posmoderna del Estado-marca, y entre las que destaca las acciones de diplomacia técnica, aquélla que precisa de la intervención de especialistas de otros sectores, acompañado a funcionarios del Cuerpo Diplomático. 

 He aquí el gran reto del Protocolo en la esfera internacional, en las OO. II. en definitiva, puesto que debe integrar los efectos derivados de la globalización (juegos de diplomacia técnica) con la tradición diplomática, basada en el respeto a la dignidad e identidad de cada país y sus símbolos.

Como se desprende de las últimas líneas del apartado anterior, el Protocolo se ha convertido en un actor esencial de las Relaciones Internacionales, de la Diplomacia y de la opinión pública, que se gesta a partir de imágenes propagadas en medios de comunicación y en redes sociales de actos internacionales, que, al contrario de lo que pudiera parecer, se dan de manera premeditada: se crean al efecto con un ceremonial concreto para lanzar mensajes relativos tanto a los intervinientes, al lugar que lo alberga y a la institución donde se produce. 

Cuando la diplomacia se torna en inoperante, tiene lugar el conflicto. Cabría preguntarse, pues, si en estos contextos debe relegarse el Protocolo a segundo plano o incluso si se debe desplazar de los procesos que se sigan a continuación como consecuencia de la urgencia y premura de la situación; sin embargo, los autores sostienen que, pese a la excepcionalidadno se debe eludir la importancia del Protocolo como canal de comunicación y de armonización de las relaciones entre Estados.

El Protocolo, así concebido, se muestra como una herramienta necesaria que, con la mediación de los medios de comunicación, contribuye a forjar la identidad institucional de, en nuestro caso, las OO. II., un aspecto que deviene capital cuando, como ya hemos apuntado, la incidencia de la opinión pública se encuentra cada vez más presente en la esfera de las Relaciones Internacionales. La importancia otorgada, pues, a la identidad institucional motiva, además, el uso de elementos simbólicos, como banderas y escudos por parte de las OO.II., aunque en el supuesto de la UE, la dotación de símbolos obedece, además, a cuestiones de otra índole. De esta manera, la escenificación de actos y eventos pretende despertar una interacción -positiva- entre la OI y el público, destacando solemnidades, rangos y el propio prestigio de la institución/Organización, para ofrecer credibilidad y confianza, y crear seguridad en el orden internacional; estaríamos, pues, en presencia de la diplomacia pública, aquélla dedicada a la gestión de la comunicación, la imagen y la reputación, una figura que, emanada de las Relaciones Internacionales, se posiciona con gran vigor en los organigramas empresariales con el nombre de diplomacia corporativa.

Aquí es donde se hace más patente la evolución del concepto Protocolo, pues ha dejado de expresar situaciones de poder a través de un pomposo ceremonial y rígida etiqueta, y ahora aparece con el objetivo de armonizar las relaciones y conceder imágenes sencillas, pero cuidadas, al gran público; ahora, sin embargo, se atiende más a los detalles y se tiende a agilizar y flexibilizar normativas, usos y costumbres. De esta manera, Protocolo, Relaciones Internacionales, Periodismo y Comunicación se unen, así, en torno a las premisas básicas[5] de la Comunicación Institucional:

  1. Todo comunica en una organización;
  2. La Comunicación es generadora de expectativas; y
  3. La Comunicación Institucional debe estar integrada para evitar disonancias.

Todo ello implica que las OO. II. deben ser capaces de transmitir la imagen que tienen de ellas mismas a través de la emisión de mensajes que entrañen los valores y principios con los que se identifica y con los que desean ser identificadas. Para ello, éstas organizan actos o eventos que se componen de a) una bienvenida; b) desarrollo del objetivo central para el que se crea el acto; c) encuentro de carácter social; y d) despedida; elementos supeditados a una agenda creada por el departamento de protocolo y ofrecida a la prensa que cubre el evento, que recoge, además, información relevante de los asistentes (nombres y apellidos, nacionalidad, cargo). Dicha agenda está planificada partiendo de una clasificación previa en la que se distinguen los medios de comunicación según su pertenencia (televisión, radio, prensa), pero también si es favorable o no a los intereses de las Embajadas o a la Organización Internacional en cuestión.

La imagen exterior de Estados y OO. II. no hacen, si no, aumentar la repercusión del Protocolo para la consecución de los objetivos de las partes intervinientes en una negociación internacional o en una cumbre internacional; el Protocolo, ahora, llega a clasificarse en Protocolo-ceremonial, centrado en las costumbres y tradiciones; y Protocolo-organización, adaptado a las nuevas circunstancias, práctico, eficaz y económico.

Todas y cada una de las OO. II. se rigen por unas normas específicas y propias recogidas en sus Tratados fundacionales, y es con ellos donde comienza la intervención del Protocolo, pues, como es sabido, las OO. II. carecen de un territorio propio, lo que provoca que el desarrollo de sus actividades quede supeditado a la jurisdicción del Estado que las acoge, ya sea con carácter permanente o temporal; se establecen, pues, las condiciones de la relación entre la OI – y/o sus instalaciones- y las autoridades estatales donde opera. Éste constituye, además, el único elemento que iguala a la diversidad tipológica de OO. II. que existen, por lo que resulta de sumo interés reparar en este extremo.

En primer lugar, conviene establecer la categoría que reciben las instalaciones que componen una OI, y, así, podemos encontrar[6] hasta cuatro categorías que difieren en tamaño, duración y función:

  • Sede política y social u oficina permanente: requiere de un acuerdo bilateral, o acuerdo de sede, que recoja la labor de la OI; los derechos y obligaciones de las Partes, incluyendo inmunidades, privilegios y garantías otorgadas a los funcionarios y todo aquel representante que entre en la sede para acometer funciones enmarcadas en el funcionamiento de la OI. 
  • Misión oficial en Estado miembro de la OI: acuerdo bilateral más sencillo que el anterior, pero con contenido similar.
  • Misión oficial en Estado no miembro de la OI.
  • Misión temporal con atribuciones específicas.

En cualquier caso, siempre se hará preciso recurrir a tratados multilaterales que deberán ser suscritos por los Estados al ingresar en la OI, y que recogen aspectos como la situación de sus representaciones, como la Carta de la Organización de los Estados Americanos.

Asimismo, estos conjuntos normativos incluyen las reglas protocolarias a seguir y que descansan sobre las premisas generales que a continuación citaremos, pero téngase en cuenta que las normas protocolarias están recogidas en reglamentos internos propios de cada OI; aquí solo resaltamos las comunes:

  • Toda OI posee la potestad para dotarse de las normas de protocolo propias que estime procedentes, siempre que respeten las costumbres internas y locales;
  • Toda OI tiene la facultad de adoptar símbolos distintivos (escudos, banderas, himnos) y a usarlos según le convenga, siendo respetados por la comunidad internacional;
  • Toda OI puede establecer el régimen interno de precedencias en los actos que ella organice;
  • Toda OI cuenta con la libertad para determinar la forma de colocación de las banderas en sus ceremonias, actos. 

Por último, y antes de analizar el uso del Protocolo en la ONU y UE, debemos reparar en que el ingente número de OO. II. conduce a que sea preciso un orden de precedencias entre las propias OO. II. entre sí, según el Derecho y la costumbre del lugar y el momento; en el caso de las OO.II., el orden viene determinado por el año de su constitución; si es de carácter civil o militar; su ámbito regional o universal; número de miembros constitutivos; sistema financiero; o, simplemente, recurriendo al orden alfabético. Todo ello lleva a establecer una precedencia entre OO. II. que queda como sigue:

  1. Naciones Unidas, por sus objetivos y por reunir el mayor número de integrantes.
  2. Organizaciones de carácter regional.
  3. Organizaciones administrativas intergubernamentales autónomas.
  4. Organizaciones internacionales no gubernamentales. 

Se ha podido recrear, grosso modo, las prácticas generales que se siguen en las OO.II., por lo que ahora debemos centrarnos en las que, o bien por su importancia o por su mayor conocimiento, resultan de nuestro interés. Tanto en este estudio de caso de la ONU como en el de la UE, los factores a analizar serán: a) orden de los Estados y delegaciones; b) uso y orden de banderas; y c) precedencias de funcionarios, no obstante, el Protocolo en la Unión Europea se abordará con mayor profundidad. 

Las Naciones Unidas cuentan con normas protocolarias que, con carácter general, son tomadas como referencia para la gran mayoría de OO.II., toda vez que establece reglamentos específicos para el Consejo de Seguridad y la Asamblea General.

a. Orden de los Estados y delegaciones.

  • Se recurre al sorteo para determinar el primer lugar a partir del cual irán colocadas los sucesivos Estados y delegaciones.
  • Serán colocados por orden alfabético del nombre de su país en el idioma oficial de las Naciones Unidas, que es el inglés.

b. Uso y colocación de banderas.

  • Habiéndose dotado la ONU de unos símbolos propios, su bandera ocupará el centro, sin que esté subordinada a otra bandera, por lo que, cuando aparezca colocada junto con otra de un Estado miembro, aparecerá a sendos lados de ésta, lo que no supone subordinación ninguna.
  • Las banderas de los Estados miembros se irán disponiendo a sendos lados de ésta por orden alfabético (nombres de países en inglés).
  • Colocación en círculo. Se estipula que la bandera de la ONU no forma parte del círculo, sino que estará en el centro. 
  • Colocación en línea. La bandera de la ONU aparecerá separada de las demás, bien únicamente al inicio de la fila, o bien también en el cierre. 

c. Precedencias de funcionarios de Naciones Unidas.

  • Secretario General.
  • Directores generales de las agencias especializadas, por orden de antigüedad.
  • Secretarios generales adjuntos, por orden de antigüedad.
  • Jedes de organismos dependientes de la Asamblea General o del ECOSOSC.
  • Funcionarios de las Naciones Unidas y de las agencias especializadas por orden de categorías.

La Unión Europea en el ámbito protocolario, como en tantos otros, se caracteriza por su modernidad y por recurrir a elementos que no están presentes en otras OO.II., operando bajo la premisa de que las personas que reciben sean, al menos, de igual categoría que las llegan, y, como ya se ha adelantado, siempre respetando el protocolo europeo pero también los nacionales: si bien el Jefe de Estado o de Gobierno es la máxima autoridad protocolaria nacional, los Tratados europeos disponen que el Parlamento Europeo (PE) es la primera institución europea, de manera que su presidente precede a cualquier autoridad nacional -y europeas, como los presidentes del Consejo y Comisión-.

Siendo, pues, el PE la principal institución europea de conformidad con los Tratados constitutivos de la UE, nos adentraremos en el Servicio de Protocolo del Parlamento Europeo, enmarcado en la Dirección General de Relaciones Exteriores, que también cuenta con su propio Servicio de Protocolo, encargado de: 1) mantener relaciones con las Misiones Diplomáticas de los Estados no Miembros pero que cuentan con un Embajador ante la UE; 2) elaborar semestralmente el Corps Diplomatique, con información de los EEMM, tales como fiestas nacionales y actualización de los Jefes de Estado o de Gobierno, así como sus consortes; y 3) tramitar acreditación y aprobación de Misiones Diplomáticas ante la UE.

Deteniéndonos en el órgano de Protocolo del PE, éste asiste tanto a su presidente, a sus eurodiputados, al Secretario General y todos los departamentos de asuntos protocolarios que intervengan en las visitas oficiales de los Jefes de Estado y de Gobierno de los EEMM, visitas de cortesía o de trabajo, así como en comisiones y delegaciones mixtas. Es el encargado, además, de supervisar los gastos inherentes a la organización de estas visitas y actos, toda vez que prepara la bienvenida, programa las reuniones, tramita los visados, se encarga de la supervisión de los menús (deben tenerse en cuenta intolerancias y preferencias) y de los regalos oficiales. Esta preparación se realiza de manera coordinada con el gabinete de Protocolo del invitado al PE, y, en el caso de que asista/n el/los presidente/s de la Comisión y/o Consejo Europeo, contactarán con sus respectivos jefes de Protocolo para dirimir el enfoque, el mensaje, que se quiere transmitir con el ceremonial a prever.

Las visitas oficiales de Jefes de Estado o de Gobierno revisten de gran importancia: el jefe de Protocolo se desplaza al aeropuerto, donde recoge a la personalidad ostentadora de dicho cargo en cada uno de los EEMM, así como a la delegación que lo asiste; los acompañará hasta la sede del PE, donde los recibe su presidente tras un pasillo vestido con alfombra roja. 

a. Orden de los Estados y las delegaciones.

  • Se colocarán por orden alfabético según el idioma de cada Estado Miembro.
  • Se aplica el uso del nombre protocolario, aquél que, con dos siglas, letras o códigos ISO, se refiere al nombre geográfico en la grafía original del Estado Miembro. 

b. Uso y colocación de banderas.

  • Se recurre al orden alfabético según el idioma de cada país miembro, y según la grafía original, ocupando la bandera de la UE un lugar preminente.
  • También puede seguirse el criterio por el que tendría prioridad la bandera del país que preside la UE semestralmente, y a continuación irían el resto de las banderas conforme al criterio anterior.
  • Asimismo, según costumbre y reglas protocolarias españolas, en nuestro país el uso de la bandera de la UE es obligatorio el día de Europa; cuando al evento internacional organizado por España acudan personalidades de las Instituciones Europeas; y si el organismo y/o institución ha sido financiado con fondos europeos.

c. Precedencias en el seno de la Unión Europea.

Precedencias entre Instituciones:

  • Parlamento Europeo.
  • Consejo Europeo.
  • Comisión Europea.
  • Tribunal de Justicia.
  • Tribunal de Cuentas
  • Tribunal de Primera Instancia.
  • Banco Europeo de Inversiones.
  • Comité Económico y Social.
  • Comité de las Regiones.
  • Banco Central Europeo.
  • Defensor del Pueblo.

Precedencias entre miembros de Instituciones:

  • Presidente del PE.
  • Presidente del Consejo Europeo.
  • Presidente de la Comisión Europea.
  • Presidente del Tribunal de Justicia.
  • Presidente del Tribunal de Cuentas.
  • Miembros del Consejo que sean ministros de Asuntos Exteriores.
  • Miembros del Consejo que no sean ministros de Asuntos Exteriores.
  • Vicepresidente del PE y de la Comisión.
  • Presidente del Banco Europeo de Inversiones.
  • Presidente del Comité Económico y Social.
  • Presidente del Comité de las Regiones.
  • Presidente del Banco Central Europeo.
  • Miembros del PE y Comisión.
  • Jueces y abogados generales del Tribunal de Justica.
  • Miembros del Tribunal de Cuentas.
  • Representantes permanentes de la UE.
  • Vicepresidentes del Banco Europeo de Inversiones.
  • Vicepresidentes del Comité Económico y Social.
  • Vicepresidentes del Comité de las Regiones.
  • Jueces del Tribunal de Primera Instancia.
  • Miembros del Comité Económico y Social.
  • Miembros del Comité de las Regiones.
  • Secretarios generales de las IIEE.
  • Directores generales de las IIEE.
  • Directores de las IIEE.

Conclusiones

Esta ponencia lleva por título El Protocolo como éxito en las OO. II., por lo que la exposición ha girado en torno a la importancia que esta disciplina entraña para engrasar los engranajes de las Relaciones Internacionales a través de un breve repaso conceptual e histórico. Se ha pretendido hacer testigo de la simbiosis que existe entre el Protocolo y la Diplomacia para descifrar y comprender las Relaciones Internacionales, pero sobre todo se ha puesto el foco en el protagonismo que, en un sociedad globalizada, la Comunicación Institucional tiene reservado para sí, destacando, más si cabe, la repercusión del Protocolo como instrumento útil para negociar y estrechar lazos en el panorama internacional, ya sea entre Estados, Misiones Diplomáticas, o en el seno de las propias OO.II., estudio de caso con el que hemos cerrado nuestra exposición.

RRYP es una consultora de servicios de internacionalización. Escríbenos si crees que te podemos ayudar.

[1] Podríamos considerar que, en el contexto actual, donde se asienta una civilización posmoderna, supeditada al uso de los nuevos canales de comunicación, como las redes sociales, comienza a proliferar una natural relación entre el Protocolo y la disciplina de Comunicación. 

[2] Véase artículo de Relaciónateypunto bajo el título Alfonso XII y la política exterior de España. Parte II. El embajador inglés en Madrid se atrevía a aconsejar al Rey don Alfonso XII en el tránsito hacia una Monarquía constitucional y en su papel como Rey constitucional, e incluso se atrevía a catalogar de “inconstitucional” la actitud de Cánovas cuando éste impedía la puesta en práctica de las directrices del inglés.  

[3] Para una mayor profundidad, nos remitimos a los artículos de la autora para Relaciónateypunto dedicados a la materia.

[4] Basadas en la antigüedad de cargo según la fecha de presentación de las Cartas Credenciales: ver artículo de Relaciónateypunto bajo el título Descifrando el multilateralismo: el Congreso de Viena. Parte II.

[5] Siguiendo las establecidas por el Dr. Paul Capriotti.

[6] Siguiendo a Mario Silva Concha.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

©2019 Relaciónateypunto S.L.
Agenda tu llamada gratis